AUTONOMOS

Gastos deducibles

  • ALQUILER Y SUMINISTROS DEL LOCAL DONDE SE REALIZA LA ACTIVIDAD.
  • SALARIOS Y SEGURIDAD SOCIAL DE TRABAJADORES.
  • COMPRAS DE MATERIAL NECESARIAS PARA LA ACTIVIDAD.
  • CUOTA DE AUTONOMOS.
  • GASTOS POR DESPLAZAMIENTOS NECESARIOS PARA LA ACTIVIDAD. SIEMPRE DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS.
  • GASTOS DE FORMACION.
  • HASTA 26,67€ DIARIOS. SIEMPRE PAGADOS CON TARJETA DE CREDITO.
  • GASTOS POR SEGUROS DE ENFERMEDAD Y ASISTENCIA MEDICA DEL AUTONOMO Y SUS HIJOS MENORES DE 25 AÑOS, HASTA UN MAXIMO DE 500€/AÑO.
  • SI REALIZA LA ACTIVIDAD EN SU DOMICILIO FAMILIAR, DEBE COMUNICAR A HACIENDA LA SUPERFICIE OCUPADA Y ÉSTA DEBE SER SUPERIOR AL 30% DE LA SUPERFICIE TOTAL. EN ESE CASO PODRA DESGRABARSE EL 9% DE LOS GASTOS DE VIVIENDA (HIPOTECA, SUMINISTROS, TELEFONO-INTERNET, ETC).
  • EN LA DECLARACION DE RENTA PODRÁ DEDUCIRSE UN 5% DEL BENEFICIO EN CONCEPTO DE GASTOS DE DIFICIL JUSTIFICACION.

IVA Deducible

  • 100% DEL IVA SOPORTADO POR GASTOS NECESARIOS PARA LA REALIZACION DE LA ACTIVIDAD.
  • 50% DEL IVA SOPORTADO POR GASTOS REFERIDOS A VEHICULOS (COMPRA, REPARACION GASOLINA, ETC.).
  • LOS AGENTES COMERCIALES., DEBIDAMENTE COLEGIADOS, PODRÁN DEDUCIRSE EL 100% DEL IVA SOPORTADO CON RELACIÓN A LA COMPRA Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS DESTINADOS A SU ACTIVIDAD.

Facturas

LAS FACTURAS DEBERAN REUNIR LOS REQUISITOS LEGALES SOBRE DATOS:

  • NOMBRE, DOMICILIO Y NIF DE EMISOR Y RECEPTOR
  • DESCRIPCIÓN DE LA ENTREGA O SERVICIO QUE SE FACTURA
  • INDICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y DE LA CUOTA DEL IVA
  • NUMERACIÓN CORRELATIVA