El Real Decreto Ley 8/2020 aprobó el plan MECUIDA que contempla el derecho de las personas trabajadoras a adaptar y reducir su jornada laboral en caso de acreditar deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado.
Este derecho es individual de cada uno de los progenitores o cuidadores que debe tener como presupuesto el reparto corresponsable de las obligaciones de cuidado y la evitación de perpetuación de roles, debiendo ser justificado, razonable y proporcionado en relación con la situación de la empresa.
La reducción de la jornada especial deberá ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación, y podrá alcanzar al 100% de la jornada.
El Real Decreto-Ley 28/2020 a aprobado la prórroga de la vigencia del derecho de adaptación y reducción de la jornada hasta el 31 de enero de 2021.